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Comisaría o destacamento · Departamento Capital, Córdoba, Argentina

Comando de Acción Preventiva Distrito 3 Bis

La dependencia Comando de Acción Preventiva Distrito 3 Bis se encuentra en el departamento Capital (provincia de Córdoba). En el departamento Capital, el atlas registra otras 46 dependencias policiales. Esta página indica la dirección y el sitio oficial, con un mapa interactivo. El registro más cercano del atlas es la Policía de la Provincia de Córdoba – Córdoba, a unos 3,4 km.

Ubicación

En el mapa

Departamento Capital · 47 registros en el mapa

Datos

Datos del establecimiento

Tipo
Comisaría o destacamento
Dependencia
Policía de Córdoba
Departamento
Departamento Capital
Provincia
Córdoba
País
Argentina
Cerca

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Todos los registros: Departamento Capital

Preguntas

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la dirección de la dependencia Comando de Acción Preventiva Distrito 3 Bis?

La dirección es: Colonia Impira 5352 (Departamento Capital).

¿Cómo hacer una denuncia?

En caso de emergencia, llame al 911. Las denuncias pueden presentarse en cualquier comisaría o ante la fiscalía. Dirección: Colonia Impira 5352.

¿En qué departamento se encuentra la dependencia Comando de Acción Preventiva Distrito 3 Bis?

La dependencia Comando de Acción Preventiva Distrito 3 Bis se encuentra en el departamento Capital (provincia de Córdoba). Todos los registros de la zona figuran en la página Departamento Capital.

¿Hay otras dependencias policiales en el departamento Capital?

Sí. El atlas registra 46 en el departamento Capital; los enlaces figuran más abajo en esta página.

¿Dónde está la dependencia Comando de Acción Preventiva Distrito 3 Bis en el mapa?

Coordenadas: 31,4632° S, 64,2557° O. El mapa y el enlace de ruta de esta página llevan a la ubicación exacta.

¿Tiene sitio oficial o correo electrónico?

El enlace a la página oficial figura en esta ficha. Para consultas urgentes, conviene llamar por teléfono.

¿Qué ocurre después de una detención?

La Constitución Nacional (art. 18) establece que nadie puede ser arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. La persona detenida debe ser puesta a disposición de la justicia en los plazos que fija el código procesal de cada jurisdicción.

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