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Instalación policial · Temixco, Morelos, México

Secretraria Ejecutiva, Administrativa y de Protección Ciudadana de Temixco

La dependencia Secretraria Ejecutiva, Administrativa y de Protección Ciudadana de Temixco se encuentra en el municipio de Temixco (Morelos). En el municipio de Temixco, el atlas registra también la dependencia Seguridad Pública Temixco. Esta página indica la dirección, con un mapa interactivo. En el mismo predio se encuentra la dependencia Seguridad Pública Temixco.

Ubicación

En el mapa

Temixco · 2 registros en el mapa

Datos

Datos del establecimiento

Tipo
Instalación policial
Entidad responsable
Ayuntamiento de Temixco
Municipio
Temixco
Estado
Morelos
País
México
Cerca

Otros registros: Temixco

Todos los registros: Temixco

Preguntas

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la dirección de la dependencia Secretraria Ejecutiva, Administrativa y de Protección Ciudadana de Temixco?

La dirección es: Nicolás Bravo 22, Temixco.

¿Cómo presentar una denuncia?

En caso de emergencia, llame al 911; para denuncias anónimas, al 089. Las denuncias de delitos se presentan ante el Ministerio Público, en la fiscalía del estado o en la Fiscalía General de la República. Dirección: Nicolás Bravo 22, Temixco.

¿En qué municipio se encuentra la dependencia Secretraria Ejecutiva, Administrativa y de Protección Ciudadana de Temixco?

La dependencia Secretraria Ejecutiva, Administrativa y de Protección Ciudadana de Temixco se encuentra en el municipio de Temixco (Morelos). Todos los registros de la zona figuran en la página Temixco.

¿Hay otras instalaciones policiales en el municipio de Temixco?

Sí. El atlas registra 1 en el municipio de Temixco; el enlace figura más abajo en esta página.

¿Dónde está la dependencia Secretraria Ejecutiva, Administrativa y de Protección Ciudadana de Temixco en el mapa?

Coordenadas: 18,8364° N, 99,2288° O. El mapa y el enlace de ruta de esta página llevan a la ubicación exacta.

¿Qué ocurre después de una detención?

Según la Constitución (art. 16), el Ministerio Público no puede retener a una persona detenida por más de 48 horas (96 en casos de delincuencia organizada): en ese plazo debe ordenar su libertad o ponerla a disposición de un juez, que tiene 72 horas para resolver sobre su vinculación a proceso (art. 19). La persona detenida tiene derecho a un defensor y a comunicarse con un familiar.

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