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Xicotepec · 1 registro en el mapa
Datos del establecimiento
- Tipo
- Centro penitenciario estatal
- Capacidad
- 123 espacios
- Municipio
- Xicotepec
- Estado
- Puebla
- País
- México
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la dirección del Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec?
La dirección es: Col. Centro, Xicotepec.
¿Cuál es el teléfono del Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec?
El teléfono registrado es 764 764 0466. Los números pueden cambiar; vale la información oficial del establecimiento.
¿Cómo saber si un familiar está recluido aquí?
No existe un listado público de personas privadas de la libertad. Para saber dónde se encuentra una persona, consulte a su defensor o al juzgado o la fiscalía a cargo del proceso; los centros no brindan información sobre las personas internas a terceros.
¿Cómo visitar a una persona recluida aquí?
Cada centro fija los días y horarios de visita conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal y a su reglamento interno. En general, los visitantes deben registrarse previamente y presentar una identificación oficial; consulte las condiciones al 764 764 0466.
¿Cómo enviar correspondencia a una persona recluida aquí?
Indique el nombre completo de la persona y los datos del centro: Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec, Col. Centro, Xicotepec. La correspondencia puede ser revisada por razones de seguridad.
¿En qué municipio se encuentra el Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec?
El Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec se encuentra en el municipio de Xicotepec (Puebla). Todos los registros de la zona figuran en la página Xicotepec.
¿Dónde está el Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec en el mapa?
Coordenadas: 20,2634° N, 97,9608° O. El mapa y el enlace de ruta de esta página llevan a la ubicación exacta.
¿Qué tipo de establecimiento es el Centro de Reinserción Social Distrital de Xicotepec?
En el atlas figura como centro penitenciario estatal. En los centros penitenciarios cumplen su pena las personas sentenciadas y permanecen, en áreas separadas, las personas en prisión preventiva (Constitución, art. 18).